martes, 19 de octubre de 2010

Quinta carta sobre la reforma procesal civil.

Reforma Procesal Civil: Una necesidad ineludible


Uno de los ejes principales de las políticas públicas impulsadas desde nuestro ministerio es fortalecer el acceso a la justicia. Crear una sociedad de oportunidades y seguridades para todos los chilenos y chilenas sin distinción, importa generar diseños legislativos e institucionales a partir de la realidad en que viven las personas y en sintonía con sus necesidades y problemas.

En este contexto es que podemos advertir que hoy la justicia civil en nuestro país se encuentra en clara disonancia con las demandas de justicia de nuestros compatriotas y con los estándares de transparencia, agilidad y eficacia que se requieren para solucionar las controversias jurídicas del Chile del Siglo XXI. Nuestro Código de Procedimiento Civil fue promulgado en el año 1903, y para responder a una problemática, una lógica, un tejido social y unas magnitudes del siglo antepasado; de ahí que el sistema procesal civil que hoy opera en Chile esté "superado".

Es que el sistema hoy imperante propicia juicios que se arrastran por años, conforme a un conjunto de ritualidades que muchas veces oscurecen más que iluminan la discusión, y todo ello para generar consiguientemente resoluciones y sentencias muchas veces de difícil comprensión. A su turno, lo hoy vigente impone al juez asumir diversas tareas administrativas que lo distraen de su esencial función de impartir justicia; y esto en un contexto en donde nuestro Código virtualmente omite una serie de principios básicos que inspiran los sistemas procesales modernos. Se explica así que se haya asentado en nuestro país, desde hace ya varios años, la necesidad de emprender una reforma global a la justicia civil, en el entendido que los "ajustes" y las modificaciones dentro de la lógica del actual sistema no harán más que dilatar una solución que no puede seguir esperando. Corresponde entonces atender esta necesidad ciudadana y, asimismo, cuidar a nuestros jueces, poniendo a su disposición reglas y herramientas que les permitan responder a las expectativas cifradas en su importante función social.

Bajo la nueva forma de tramitar los juicios civiles que buscamos consagrar, los jueces tendrán un contacto permanente y directo con el proceso, la oralidad se privilegiará tanto como sea posible, las decisiones se adoptarán con debida rapidez y las partes tendrán posibilidades suficientes pero limitadas de impugnar lo resuelto. En suma, aspiramos a una justicia ágil y transparente, y en la que se imponga, en definitiva, la majestad de los hechos más que la argucia procesal. El impulso del proceso corresponderá a las partes, pero la dirección del mismo al juez; y la buena fe será una guía permanente para efectos de decidir hasta dónde el ejercicio de los derechos -en su sentido más amplio- resulta compatible con la sana búsqueda de justicia.

Para abordar la tarea de sacar adelante esta reforma hemos optado por generar un sistema de trabajo eficiente, inclusivo y con visión de país. Eficiente, en la idea que es tarea del ministerio ser capaz de empujar un texto base que haga factible nuestra voluntad de comenzar a tramitar cuanto antes esta reforma legal. Inclusivo, en cuanto estimamos indispensable no sólo recoger y valorar los consensos contenidos en el proyecto de reforma que con igual propósito se abordara en el gobierno anterior, sino también porque creemos clave enriquecer nuestra propia idea de reforma abriendo espacio a distintos expertos para que critiquen oportunamente el trabajo que hoy estamos desarrollando. Y la visión de país la buscamos plasmar involucrando oportunamente tanto al Poder Legislativo como al Poder Judicial, a fin de que comiencen a compenetrarse cuanto antes respecto de este desafío que sabemos también entienden como propio.

El viernes 8 de octubre recién pasado hemos dado el primer gran paso, en una ceremonia celebrada en el Palacio de La Moneda, oportunidad en que entregamos a un grupo de connotados académicos, y a representantes del Poder Legislativo y del Poder Judicial, la primera parte del Código que buscamos impulsar, para sus comentarios y observaciones. Cumplidas las dos siguientes entregas, habremos dado ejecución a las etapas prefijadas para dar inicio a este gran desafío, que es comenzar a tramitar durante el primer semestre del año 2011 esta importante reforma. Sabemos que la tarea no es fácil y que como toda reforma trascendente enfrentará voces de resistencia, pero nos movemos bajo la convicción de que a este proyecto finalmente le ha llegado su tiempo.

Fuente: http://blogs.elmercurio.com/columnasycartas/2010/10/09/reforma-procesal-civil-una-nec.asp

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