viernes, 22 de octubre de 2010

Duodécima carta sobre la reforma procesal civil.

Reforma a justicia civil

Señor Director:

Un gran jurista uruguayo indicó, con acierto, que nuestros procesos civiles son "desesperadamente escritos", con lo que quiso poner de manifiesto los graves problemas de la escritura y los escritos. La dinámica del Código de Procedimiento Civil apunta a la generación de escritos y éstos conforman un expediente sobre el cual debe pronunciarse la sentencia. Esto, como lo prueba la práctica, formaliza el sistema y aleja al juez del proceso.

En nuestro Código lo relevante no es que el juez conozca las peticiones de las partes directamente, que oiga el contradictorio, que se empape sin intermediación de los nudos de la controversia. No. El cuidado está puesto en la forma, en el escrito. En la producción de las pruebas ocurre lo mismo: lo relevante son las actas en las que se escriben las declaraciones de los testigos, es el informe escrito del perito. No es lo importante que el juez perciba por sí mismo esas declaraciones y oiga al perito, y oiga a las partes interrogar y contrainterrogar. Fruto de este foco errado del proceso nuestro es un juez ausente, distante, que puede delegar, que debe resolver, según lo que le dice el expediente. No es un buen modelo un juez lector de expedientes. No lo es en doctrina ni lo es en la práctica. La buena doctrina propone un proceso por audiencias, que se inicia con actos escritos, por cierto, pero en el cual el juez está en relación con las partes y las pruebas.

La práctica muestra la desesperanza de los abogados y de las partes, quienes constatan el paso del tiempo sin haber visto nunca al juez, a quien conocen sólo por sus resoluciones, las que muchas veces les resultan incomprensibles. La práctica ha acuñado la dramática frase: ¡"seguro que no leyeron el escrito"!

La buena doctrina promueve a un juez visible inserto en un proceso que le permita hacer justicia en serio. Nuestra práctica más virtuosa, la surgida de la reforma procesal penal, muestra que esto es posible y que los resultados son muy buenos. Bienvenida, entonces, la reforma procesal civil.

Orlando Poblete Iturrate

Profesor de Derecho Procesal Universidad de los Andes

Fuente: http://blogs.elmercurio.com/columnasycartas/2010/10/22/reforma-a-justicia-civil.asp

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